Localización
y Contacto con Nuestras Oficinas:
Para mayor
información, por favor póngase en contacto con la
oficina más cercana de la División de Derechos Civiles
(DDC). Haga ‘click’ sobre el nombre de la oficina
que desea para ver un mapa que le indicará como llegar
a cada una de las oficinas. Usted también se puede poner
en contacto con nuestras oficinas por medio de correo electrónico
con sus preguntas. En este momento no podemos aceptar quejas por
este medio.
Acerca
de Nosotros
Haga ‘click’
en un cuadro para saber acerca de cada una de nuestras dependencias.
Vista
General
La División
de Derechos Civiles (DDC) del Departamento de Leyes y Seguridad
Pública de Estado de New Jersey es la agencia responsable
de investigar quejas de discriminación y de erradicar la
discriminación ilegal en el Estado de New Jersey. Emos
luchado contra la discriminación por más de 50 años
. New Jersey fué el primer estado en la nación en
investigar quejas de discriminación y continua al frente
en la protección de los derechos civiles con una de las
leyes contra la discriminación mas extensas e incluyentes
en todo el país. (Vea debajo nuestra Declaración
de Misión)
El trabajo
de la División se enfoca en tres áreas principales:
Discriminación en Empleo, Vivienda y Establecimientos Publicos.
La División tambien hace cumplir la Ley de Lisencias Familiares.
Si usted está interesado en hacer una queja por discriminación,
o tiene una pregunta respecto al trabajo que hace la División,
por favor visite una de nuestras cinco oficinas regionales, o
llame al (609) 292-4605 para obtener mayor información.
También proveemos informacion por TTY (Sistema de teléfono
para sordos)
Además
de investigar quejas de discriminación, La División
es también responsable de educar al público en asuntos
relacionados con discriminación. La División tiene
folletos y publicaciones sobre los distintos tópicos, tales
como edad, raza, sexo, incapacidad o enfermedad, embarazo y estado
civil, los cuales están disponibles cuando usted los pida.
La División patrocina y conduce seminarios gratis, talleres
y otros programas de alcanze a la comunidad para educar al público
en general.
Para mayor
información respecto a los programas de alcanze a la comunidad,
por favor llame al teléfono (609) 292-2918. Usted puede
también enviarnos sus preguntas, inquietudes o sugerencias
para servirle mejor por correo electrónico.
Declaración
de Nuestra Misión
La División
de Derechos Civiles (División) tiene a su cargo el hacer
cumplir la Ley Contra la Discriminación (LCLD) en el Estado
de New Jersey. Por lo tanto, la misión de la División
es el erradicar la discriminación ilegal basada en la raza,
religion, color, origen nacional, impedimento físico o
condición médica, edad, nacionalidad, ancestro,
estado civil, estado familiar, orientación sexual o afectiva
y sexo el área de empleo, establecimientos públicos
y en vivienda. La División sirve como un foro justo e imparcial
para tomar e investigar quejas de violación a la LCLD.
Por lo tanto, el crear y nutrir sensibilidad, tolerancia, aceptación
y respeto es el centro del trabajo de la División. La División
afirma que si la discriminación ilegal afecta negativamente
a una persona en New Jersey, también afecta negativamente
a todas las personas de New Jersey.
Oficina del Director
Página
de la Oficina del Director
J. Frank Vespa-Papaleo, Esq., Director
Oficina del Director
140 East Frnt Street
PO Box 090
Trenton, NJ 08625-0090
COMO ENCONTRARNOS
Teléfono: 609-292-4605
Fax: 609-984-3812
TTY: 609-292-1785
Departamento
de Sanción o Ejecución de la Ley
Este Departamento
se encarga de recibir, investigar y procesar la quejas que se
hacen con la División que alegan discriminación
ilegal bajo la LCLD o que violan la Ley de Licencia Familiar (LDLF).
El Departamento satisface las obligaciones que tiene la División
mediante acuerdo con la agencia federal Equal Employment Opportunity
Commission (Agencia encargada de hacer cumplir la ley federal
contra la discriminación). Además, este Departamento
lleva acabo conciliaciones en todos los casos en que determinacion
de causa probable ha sido hecha, también procesa peticiones
para escudriñar o revisar el archivo hechas por cualquiera
de las partes. Este Departamento está compuesto de investigadores,
supervisores, administradores y personal de secretariado distribuidos
en las cinco oficinas regionales de la Division atraves del estado.
Algunas de las responsabilidades de este Departamento son el Inventario
de Casos, Sentencias o Adjudicaciones Monetarias, e Investigaciones
Especiales.
Departamento
de Planeación y Reglamentos
Este Departamento
monitorea todos los asuntos legales basados en la LCLD y la LDLF
y provee asistencia técnica y entrenamiento para la División
y para el público. Este Departamento prepara las Ordenes
del Director y otras determinaciones legales pendientes ante la
División. Además, prepara y promulga iniciativas
regulatorias y conserva al día las Reglas Administrativas
de la División, las cuales promueven el cumplimiento de
la ley por medio de explicaciones de la LCLD y la LDLF. Este Departamento
también es responsable de examinar todas la peticiones
de autorización para avisos publicitarios de un “Bona
Fide Occupational Qualification” (BFOQ). (Peticion para
hacer una exepción a la LCLD en casos donde es necesario
discriminar por sexo si la posición requiere persona de
uno u otro sexo tales como actores, posiciones de requiza personal,
etc.), también es responsable de velar por el cumplimiento
de las Reglas de la División para Edificios de Multiples
Apartamentos y de mantener las bases de información referente
a patrones de vivienda del Estado.
Departamento
de Prevención y Relaciones Comunales
Este Departamento
es responsable por las actividades de acercamiento a la comunidad,
prensa y relaciones comunales, publicaciones y entrenamiento.
El Departamento de Prevencion y Relaciones Comunales juega un
papel clave en el desarrollo y formulación de los programas
designados a asegurar el cumplimiento de la LCLD y la LDLF. Además,
este Departamento es responsable por el diseño y mantenimiento
de la pagina ‘web’ de la División y la coordinación
y distribución de los panfletos y publicaciones de la División,
incluyendo el Reporte de la Ley de Licencia Familiar. El departamento
de Prevención y Relaciones Comunales también sirve
de oficina de comunicación con la Comisión de Derechos
Civiles de New Jersey. Algunas de la responsabilidades de este
Deparmento son: Entrenamiento y Acercamiento a la Comunidad y
Respuesta a los Medio de Comunicación.
Administración
de Casos, Mediación y Sistemas de Información
Administración
de Casos
La Unidad
de Administración de Casos es parte integral de las metas
agresivas de la División respecto a la reducción
de casos atrasados y reducción de tiempo en el proceso
e investigación de quejas. Esta Unidad se reporta directamente
al Director de la División y está a cargo de identificar
el estado de la investigación y el lugar donde se encuentra
cada caso. La Unidad determina los pasos que deben tomarse para
concluir cada caso, asesora al Departamento de Sanción
o Ejecución respecto a la implementación de dichos
pasos y monitorea los casos para asegurarse de la resolución
eficiente de la queja. La Unidad de Administración de Casos
también se enfoca en reducir el tiempo que se toma en procesar,
investigar y concluir cada queja, de tal manera que el tiempo
sea de 18 meses o menos. Como resultado de los esfuerzos de la
Unidad de Administración de Casos, la División anticipa
que la duración de cada caso en la División será
reducida considerablemente y que ningún caso bajo investigación
tendra una fecha de incidente de discriminación que pase
de 18 meses. Todos los casos que excedan esa fecha estarán
monitoreados por los administradores regionales mediante reportes
computarizados y recibirán la más alta prioridad.
Mediación
La Unidad
de Mediación fué establecida en el año 2001
para ofrecer a las dos partes la oportunidad de resolver la queja
amigablemente al comienzo del proceso investigativo. En este programa,
las dos partes en la queja pueden voluntariamente acordar reunirse
ante un mediador imparcial y profesional quien está encargado
de programar dicha conferencia en un corto tiempo después
de la queja haber sido puesta. Desde marzo del 2001, la División
ha hecho mediaciones en 140 casos. De estos, 88 han sido resueltos
atraves de mediación. El total de dinero recolectado para
las personas de estas quejas paso de los 260,000.00, sin contar
los beneficios adicionales que fueron obtenidos por mediación
y daños y perjuicios contabilizados anualmente. La División
anticipa que el éxito de la Unidad de Mediación
continuará teniendo un papel importante en las actividades
administrativas de la División.
Sistemas
de Informática
La función
principal de la Unidad de Sistemas de Informática es de
reunir información estadística relacionada a las
distintas actividades de la Divisón, para proveer reportes,
analices y apoyo tanto al Director, como a otros administradores
y su personal. Esta unidad es responsable de dos sistemas de operación
mayores y de varios otros sistemas de operación menores.
El Sistema de Rastreo de Casos es el sistema principal que tiene
la División para registrar, dar seguimiento y administrar
cada uno de los casos. Es la parte más importante del sistema
y es operado por la Oficina de Información y Tecnología.
El Sistema de Informacion de Cargos es usado para proveer información
a la oficina de los Estados Unidos, Equal Employment Opportunity
Commission (EEOC), el cual es necesario para cumplir con los terminos
de trabajo acordado entre la EEOC y la División.
Regrese ala parte arriba de la
pagina
Publicaciones
en Español
Tenemos los
siguientes folletos y páginas de información, los
cuales serán enviados si usted los pide. Las páginas
de información PDF pueden ser vistas o imprimidas solamente
usando Adobe Acrobat Reader. Si va a reproducir grandes cantidades
para distribución, hemos anotado el color del papel requerido
al final de la última pagina de información.
Como
Hacer Una Queja
Una queja
debe ser hecha con la División de Derechos Civiles dentro
de los 180 dias del acto discriminatorio. Una queja puede hacerse
en cualquiera de nuestras cinco oficinas regionales. Para hacer
arreglos puede ponerse en contacto con la oficina más cercana.
Hasta el momento no podemos aceptar quejas por correo electrónico.
Una vez que
su queja sea aceptada, la División conducirá una
investigación. Después de la investigación,
el Director determinará si hay causa o no para creer que
ha habido discriminación ilegal. Si se establece que ha
habido discriminación, el caso será transferido
a la Oficina de Ley Administrativa donde se llevará acabo
una audiencia ante un juez. El caso puede ser presentado por uno
de los Fiscales Generales Diputados en representación de
la División, o el quejante puede hacerlo personalmente
o por medio de un abogado privado. Si la investigación
concluye que no hay causa, el caso será cerrado sin ningún
otro procedimiento por parte de la Division. Si el Director no
ha hecho una determinación de causa dentro de los 180 dias
después de la queja haber sido presentada, el quejante
puede pedir que su queja sea oida ante la corte de Ley Administrativa
y deberá ser presentada ante el juez por el quejante personalmente
o por su abogado privado (mas no por un Fiscal General Diputado).
Si, después
de la investigación y una audiencia administrativa de una
queja, el Director determina que hubo discriminación ilegal,
el Director puede ordenar a la parte acusada a tomar acción
afirmativa para remediar la discriminación. El Director
tiene la autoridad para ordenar que la situacion sea remediada
por medio del re-empleo, empleo o promocion del empleado, y puede
tambien conceder pago por daños,perjuicios y humillaciónes.
Ademas, después de la audiencia, el Director puede también
conceder el pago por gastos de abogado a los quejantes que prevalecen,
como también poner las multas establecidas por la ley contra
la parte acusada.
Otra alternativa
es que la parte afectada puede hacer su queja en la Corte Superior
de New Jersey dentro de un periodo de dos años de la violación
alegada (seis años si la violación alegada ocurrió
antes del 26 de julio de 1993).
- Una persona
puede iniciar su queja en la Corte Superior sin haber hecho
su queja con la División. Pero el hacer su queja en la
Corte Superior le impide hacer su queja simultaneamente con
la División porque una persona no puede hacer quejas
simultaneas de discriminación con la División
y la Corte Superior. Una persona que hace una queja en la Corte
Superior, tiene derecho a un juicio con jurado. Una persona
que tenga exito en la Corte Superior puede ser re-empleado,
empleado o recibir promoción y pago por el salario perdido,
como también pago por daños, perjuicios y humillaciones.
En casos más graves, puede recibir un pago por castigo
y multas contra la parte acusada. En la Corte Superior también
se le puede conceder pago de costos de abogado a la parte ganadora.
Es importante
que la información inicial presentada a la División
sea lo más completa y correcta posible. Cuando se hace
una queja es importante traer la siguiente información:
- Nombres
de la persona o personas que alegadamente discriminaron contra
usted y los nombres de posibles testigos.
- Documentación
que corrobore su queja. Documentación que corrobore los
daños que usted exije, tales como pago de salario y prueba
de gastos médicos.
Regrese ala parte arriba de la
pagina
Preguntas
Frecuentes
Para
recibir respuesta a cualquiera de las 13 preguntas hechas
debajo, simplemente haga ‘click’ en la pregunta
deseada y baje hasta donde está la respuesta. Si sus
preguntas respecto a la ley contra la discriminación
no son respodidas aquí por favor póngase en
contacto con nuestra oficina más cercana.
1. Cuales son las responsabilidades
legales de la División
2. Que prohibe la Ley Contra la Discriminación
en New Jersey?
3. Que beneficios provee la Ley de Licencia Familiar
en New Jersey?
4. Que puedo hacer si creo que mis derechos bajo
estas leyes han sido violados?
5. Como maneja la División de Derechos
Civiles una queja?
6. Que pasa si la División concluye su
investigación con una recomendacion de ‘Causa
Probable’?
7. Si mi caso tiene éxito, que remedios
o pago por daños puede ordenar me sean pagos el Director
de la División?
8. Que pasa si la Division concluye la investigación
determinación de ‘Causa No Probable’ en
mi caso?
9. Puedo ir directamente a la corte con mi queja?
10. Que pasa si después de haber hecho
mi queja con la División decido que no quiero que mi
queja sea investigada por esta?
11. Necesito un abogado que me represente ante
la División?
12. Porque no puedo abrir un archibo que bajé
de esta página?
13. Si me despiden ilegalmente bajo la Ley Contra
la Discriminacion o la Ley de Licencia Familiar, tengo obliigación
de buscar trabajo mientras la división investiga mi
caso?
Respuestas
1.
Cuales son las responsabilidades legales de la División
de Derechos Civiles?
La División
de Derechos Civiles hace cumplir la La Ley de New Jersey Contra
la Discriminación y la Ley de Licencia Familiar de
New Jersey.
2.
Que prohibe la Ley Contra la Discriminación en New
Jersey?
La Ley
de New Jersey Contra la Discriminación prohibe la discriminación
basada en la edad, ancestro, color, credo o religión,
incapacidad (Incluyendo SIDA y la infección HIV), información
genética o el rehusar someterse a exámenes genéticos
o el entregar los resultados de exámenes genéticos
a un empleador o patrón, rasgos irregulares de sangre
o celulas heredados, estado familiar, servicio en las fuerzas
armadas, estado civil, nacionalidad, origen nacional, raza,
sexo y orientacion sexual o afectiva. La ley protege las personas
contra la discriminación en empleo, vivienda y establecimientos
públicos y en algunas transacciones de negócios.
No todas las características son protegidas en todas
las áreas. La ley también prohibe a algunos
hogares de cuidados para personas de edad avanzada o sitios
de cuidados intermediarios de discriminar contra una persona
por que esta sea elegible para recibir o reciba Medicaid.
3.
Que beneficios provee la Ley de Licencia Familiar en New Jersey?
La Ley
de Licencia Familiar requiere que algunos empleadores o patrones
concedan a sus empleados que califiquen hasta un máximo
de 12 semanas de licencia familiar para cuidar de un recien
nacido, recien adoptado, padres o esposos o de hijos con una
seria condición médica.
4.
Que puedo hacer si creo que mis derechos bajo estas leyes
han sido violados?
Usted
puede hacer una queja con la División de Derechos Civiles
dentro de los 180 dias después de la fecha en que la
alegada violación a la ley ocurrió. La queja
puede ser puesta en una de las cinco oficinas regionales.
Tambien puede usted hacer una queja en la División
de Ley de la Corte Superior de New Jersey dentro de los dos
años después de la fecha de la alegada violación
a la ley (dentro de seis años para casos cuyas fechas
de incidentes ocurrieron antes del 27 de julio de 1993).
5.
Como maneja la División de Derechos Civiles una queja?
Si la
División acepta su queja , usted será mencionado
en los documentos referentes al caso como el “quejante”
La queja es generalmente asignada a un Investigador de la
División. La Divisón hace entrega de la queja
a la parte acusada, o sea la entidad o el individuo acusado
de haber discriminado contra usted o de haber violado sus
derechos. En veinte dias de haber recibido la queja la entidad
acusada deberá dar respuesta a la queja.por escrito.
El Investigador asignado a su caso conducirá una investigación
que pueded uncluir entrevistas, visitas a la entidad, pedir
documentos médicos o del trabajo. Basado en la investigación,
el investigador hará una recomendación al Director
de la División respecto a si la acusación de
violacion de la ley es probable, o no lo es.
6.
Que pasa si la División concluye su investigación
con una recomendacion de Causa Probable?
Si hay
una determinación de Causa Probable, ambas partes son
notificadas de la determinación y la División
programa un fecha de conciliación con la entidad acusada.
El propósito de esta reunión es de determinar
si la parte acusada está interesada en resolver el
caso sin la necesidad de continuar el litigio. Si la División
y la entidad acusada llegan a un acuerdo y el quejante acepta
los términos del acuerdo, el caso es concluido y cerrado.
Si no
se llega a un acuerdo, el Director transmitirá el caso
a la Oficina de Ley Administrativa para una Audiencia Pública.
Un Fiscal General Diputado puede ser asignado a presentar
su caso en representación de la División, o
el quejante puede hacerlo atraves de su propio abogado. Después
de la Audiencia el Juez de la Corte Administrativa rendirá
su decisión inicial, la cual puede ser aceptada, modoficada
o rechasada por el Director.
Si la
decisión inicial es aceptada, el Director hara una
Orden aceptando la decisión. Si es rechasada, el Director
puede enviarla nuevamente al Juez para que sea reconsiderada.
7.
Si mi caso tiene éxito, que remedios o pago por daños
puede ordenar me sean remunerados el Director de la División?
El Director,
entre otras cosas, puede ordenar a la entidad acusada a: cesar
y desistir del comportamiento ilegal; emplear, promober, re-emplear
el quejante a la posición; remunerar al quejante por
salario perdido o por daños, perjuicios y humillaciones;
re-embolsar al quejante por beneficios perdidos; retaurar
beneficios de salud, beneficios de pensión y derechos
de antiguedad. El Director puede también conceder gastos
de abogado y ordenar pago de multas hasta $10,000.00 por la
primera ofensa, $25,000.00 por la segunda ofensa, y $50,000.00
por la tercera ofensa bajo la Ley Contra la Discriminación
y la Ley de Licencia Familiar. La Orden Final del Director
puede ser apelada en la Corte de Apelaciones de la Corte Superior
de New Jersey., localisada en Trenton. Esta apelación
debe ser hecha con la División de Apelaciones dentro
de 45 dias de la fecha de la orden del Director.
8.
Que pasa si la Division hace una determinación de Causa
No Probable en mi caso?
Usted
puede hacer una apelación en la División de
Apelaciones dentro de 45 dias de la fecha de la determinación
de la División. También, bajo circumstancias
estrechamente definidas y bajo restricción de tiempo,
un quejante puede hacer por escrito una petición al
Director para reconsiderar la determinación o para
re-abrir el casó.
9.
Puedo ir directamente a la corte con mi queja?
Bajo
la ley, una persona puede iniciar su queja en la Corte Superior
sin haber hecho su queja con la División. Tal procedimiento
en la Corte Superior, impide que una persona haga una queja
con la División simultaneamente. También impide
que una queja que haya sido hecha con la División continue.
Si usted hace una queja en La Corte Superior, usted tiene
derecho a juicio por un jurado, si usted gana el caso, el
juez o el jurado podra otorgarle pago por daños compensatorios,
(tales como pago por salario perdido, re-empleo, promoción,
pago por daños, perjuicios y humillaciones, etc.) y
pago de multas.
10.
Que pasa si después de haber hecho mi queja con la
División decido que no quiero que mi queja sea investigada
por esta?
Usted
puede pedir que su caso sea transferido a la Oficina de Ley
Administrativa para una Audiencia Pública, y en dicha
audiencia usted podrá presentar su caso personalmente,
o puede obtener los servicios de un abogado que lo represente.
Usted deberá esperar 180 dias de haber hecho su queja
con la División antes que usted pueda hacer tal petición
de transferencia. Su caso no será transferido a la
Oficina de Ley Administrativa una vez que el Director o la
División hayan llegado a una determinación de
Causa No Probable o también si el caso ha sido concluido
y cerrado. Usted también puede retirar su queja de
la División y si lo permite la ley, hacer una demanda
en la corte estatal o federal.
11.
Necesito un abogado que me represente ante la División?
No, usted
no necesita un abogado que le represente ante la División.
Algunas personas deciden consultar con un abogado o obtener
sus servicios durante el proceso de investigación o
durante las audiencias dependiendo de la complejidad del caso
y de sus recursos económicos. Si el Director hace una
determinación de casusa probable, su caso puede ser
procesado en la audiencia por un Fiscal General Diputado en
representacion de la División, sin ningún costo
para usted.
12.
Porque no puedo abrir un archivo que bajé de esta página?
El archivo
que usted bajó puede ser un documento de formato portable.
Para poder ver e imprimir correctamente estos archivos, usted
probablemente necesita bajar la última versión
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13.
Si me despiden ilegalmente bajo la Ley Contra la Discriminacion
o la Ley de Licencia Familiar, tengo obligación de
buscar trabajo mientras la división investiga mi caso?
Si. En
caso de que usted gane su caso, su compensación por
daños y perjuicios, si es que recibe alguna, puede
ser reducida por el hecho de que usted no haya tomado medidas
para reducir sus daños mediante la busqueda de trabajo.
Si le ha sido imposible encontrar empleo, por lo menos debe
proveer la documentación detallada de sus intentos
para buscarlo.
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